Año CXVIII - Nro. 36.158 - Viernes 4 de abril de 2003

Los culpables no son inocentes

Rubén Sanhueza Gómez

Hay conflicto entre la ley sustantiva (código penal) y la ley adjetiva (código procesal penal). El primero es más antiguo, pero lo nuevo modifica o deroga lo viejo. Los jueces deben determinar cuál ley prevalece, en la contradicción se aplica la que más favorece al reo.

Primer round: Dice el código penal que las acciones u omisiones penadas por la ley se reputan siempre voluntarias, a no ser que conste lo contrario. Es decir, se supone la malicia o dolo o mala intención del actor en toda acción u omisión calificada como delito. Para librarse de ello hay que probar inocencia o que el accionar no fue con intención, no fue voluntario. Por eso, el acusado de haber cometido un "carterazo" en la calle o sorprendido con mercaderías escondidas en su cuerpo saliendo del supermercado, pasaba derecho a la cárcel mientras el juez configuraba su falta.

Hoy el código procesal dice que ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme. De manera que en cualquiera de los dos casos indicados el código penal vigente lo supone culpable y el código procesal asegura que es inocente. ¿Qué hace el juez? Los del viejo sistema los mandan a especializarse en la cárcel; los del nuevo sistema, le respetan sus derechos de inocencia hasta que se dicte el fallo. Hacen prevalecer el código adjetivo sobre el sustantivo.

Segundo round: Por el solo hecho de tener especies hurtadas o robadas en su poder y a cualquier título, se castiga al receptador que no podía menos que saber su origen, de acuerdo al artículo 456 bis A del código punitivo. Tiene pena de hasta cinco años. Por esta razón pasa derecho a la cárcel y cuando consiga reunir los requisitos para obtener una libertad provisoria, bajo fianza, ella debe ser consultada a la Corte. Sin embargo, si llega a un Juez de Garantía con el nuevo proceso, éste tiene la obligación de considerarlo inocente. En esta etapa es un culpable al que se presume inocente.

Tercer round: Se presume por la ley que es responsable de un incendio el comerciante en cuya casa o establecimiento tiene su origen si no aprueba que no le reporta beneficio alguno; y a aquel cuyo seguro es exageradamente superior al valor real de lo asegurado; y al que ha retirado del lugar las cosas aseguradas en la póliza respectiva. La ley presume que es responsable; pero apenas llega al nuevo sistema el Juez se preocupará de si le leyeron sus derechos y de asegurarle que, para él, es inocente hasta que no haya una sentencia condenatoria. Serio conflicto en el que el principio indubio pro reo naufraga.

Cuarto round: Se presume la culpa del conductor cuando el accidente ocurre en un cruce o dentro de los diez metros anteriores a cada esquina o cuando conduce a mayor velocidad que la permitida o lo hace por un lado que no le corresponde. Si a raíz de ello se producía la muerte de alguna persona, era difícil sacar de la cárcel al conductor. Hoy...

Quinto round: Se presume autor de robo o hurto de una cosa a aquel en cuyo poder se encuentre, salvo que justifique su legítima adquisición o que acredite irreprochable conducta. Pero de acuerdo al código procesal se le reputa inocente.

Sexto round: nocaut. A los que se presume culpables se les presume inocentes.

 

Por

Rubén Sanhueza Gómez

Abogado.



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