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REGISTRO DE CONSTANCIA DE ROBO O EXTRAVÍO DE UN ARMA.

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En qué consiste:

En caso de extravío o robo de un arma, el usuario debe obligatoriamente dar cuenta de inmediato a Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones y a la Autoridad Fiscalizadora correspondiente al domicilio. Por lo tanto el oportuno ingreso de la constancia de robo o extravío al registro nacional, libera de responsabilidad penal al usuario, si el arma ha participado en algún hecho delictual, posterior al robo o extravío.

 

Dirigido a quienes:

A todas las personas naturales o jurídicas que tengan armas inscritas o no y que las hayan extraviado o se las hayan robado.

 

Qué requisitos se deben cumplir:

Para ambos casos, llenar la solicitud única.

 

Documentos requeridos:

Adjuntar sólo la constancia hecha en Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones.

 

Cuánto demora:

10 días hábiles, dependiendo en que Región del país se efectuó el trámite.

 

Dónde lo puedo hacer:

En las Comandancias de Guarnición de las AA.FF. más cercana al domicilio del solicitante, de Lunes a Viernes de 08:30 a 13:00 y de 14.30 a 17:00 hrs.

Para consultas en los teléfonos 700-3098 en Santiago y 70-3098 en regiones, cuyo costo es de $ 180+ SLM.

Dirección General de Movilización Nacional, División Control de Armas y explosivos (Calle Vergara N° 262, Oficina 5), de Lunes a Viernes de 08:30 a 12:45 hrs.

 

De qué servicio depende: Dirección General de Movilización Nacional (DGMN)

 

Observaciones:

Gestión correspondiente a D.G.M.N. División Control Armas y Explosivos

 
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